domingo, 29 de septiembre de 2013

Las licencias

Cualquier persona que crea una obra original se convierte automáticamente en su creador y desde ese momento su obra queda amparada por las leyes que protegen los derechos de autor. Si bien el reconocimiento de la creación de la obra queda protegida por las leyes desde su creación, es conveniente que la obra se registre como prueba de su creación.  
1.      ¿Qué significa CC?

Las siglas CC hacen referencia a la corporación americana sin ánimo de lucro Creative Commons.  CC fue creada para que los autores que lo deseen puedan ceder algunos de sus derechos sobre su obra, como la reproducción, distribución, adaptación o comercialización, entre otros.
                                                                                                  
2.      ¿Qué tipos de licencia existen en CC?

Creative commons permite utilizar seis tipos diferentes de licencias dependiendo de las restricciones o permisos de explotación que el autor otorga. Todas ellas obligan a que se haga el reconocimiento del creador y luego dependiendo de las restricciones que se pongan o no (comercialización, transformación de la obra y divulgación), se podrá hacer un uso u otro de la obra. Estas licencias están dentro del marco de la legislación que protegen los derechos de autor a nivel mundial, aunque puede no estar reconocida en todos los países. Los seis tipos de licencias son los siguientes:




Reconocimiento (by): Se permite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial, así como la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción.




Reconocimiento – NoComercial (by-nc): Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial. Tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales.




Reconocimiento – NoComercial – CompartirIgual (by-nc-sa): No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.


Reconocimiento – NoComercial – SinObraDerivada (by-nc-nd): No se permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas.




Reconocimiento – CompartirIgual (by-sa):
Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.





Reconocimiento – SinObraDerivada (by-nd): Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras derivadas.




Fuente: CREATIVE COMMONS ESPAÑA: http://es.creativecommons.org/blog/licencias/


3.      ¿Quién y cómo se usa?

Estas licencias son usadas por aquellas personas que no quieren que sus obras queden protegidas automáticamente por todas y cada una de las restricciones de las leyes de derechos de autor. Para ciertos autores, las leyes de derechos de autor puede frenar la distribución y uso de su obra y les interesa que su obra se pueda utilizar bajo ciertas condiciones. Por ello, hacen uso de las licencias de CC, para ceder ciertos derechos (no todos) de explotación de su obra bajo las condiciones que escojan.

Si bien cualquier autor puede hacer uso de las licencias CC no es recomendable para ciertas obras, como programas de ordenador. Para estas creaciones existen otro tipo de licencias que se adaptan mejor a la protección de sus derechos.
Para hacer uso de las licencias de CC en español hay que ir la Web: http://creativecommons.org/choose/?lang=es_CO. En esta página hay que contestar a dos preguntas:

- ¿Quiere permitir modificaciones de su obra? (Con 3 posibles respuestas.
- ¿Quiere permitir usos comerciales de su obra? (Con dos posibles respuestas).

De la combinación que se hagan de las respuestas a estas dos preguntas se obtienen los 6 tipos de licencias posibles con CC.

Además, también se puede elegir el área de jurisdicción de la licencia para el ámbito internacional o para un país determinado. 

CC permite incluir de forma voluntaria ciertos datos que ayuden a la localización de la obra a través de Internet. Para lo cual, tendríamos que completar lo datos que quisiéramos en el siguiente apartado:


Tras completar estos pasos, obtenemos el código que podemos incluir en nuestra  página Web y así dotamos a nuestra obra de los permisos de explotación que queramos darle a la creación. También se incluirá un icono con el tipo de licencia, que puede tener un tamaño normal o compacto y un link que posibilita ver los términos de la licencia de forma resumida o completa.


FUENTES:
¿QUÉ ES EL COPYRIGHT Y CÓMO FUNCIONA LA LICENCIA CREATIVE COMMONS?:


No hay comentarios:

Publicar un comentario